miércoles, 14 de agosto de 2013

El Frente Gremial Docente Bonaerense exigió nuevamente que quede sin efecto el proyecto de ley referente a los códigos de descuento, que es inconstitucional y en la práctica afecta el salario de los trabajadores y pretende desfinanciar a las entidades sindicales

Durante una reunión celebrada con autoridades del Ministerio de Trabajo bonaerense, el conjunto de los gremios que nuclean a los trabajadores de la provincia reclamó por una urgente reunión con el gobernador Daniel Scioli, para reiterarle su rechazo al Proyecto de Ley.
Desde el FGDB sostenemos que no se puede debatir ni generar consensos con una Ley que pretende perjudicar a los trabajadores y a quienes defienden sus derechos.
Si la intención de las autoridades bonaerenses es avanzar sobre los derechos de los trabajadores y perjudicar a las entidades gremiales, vamos a definir un plan de acción que impida que este proyecto se convierta en Ley.


Para tener en cuenta sobre el mencionado proyecto de ley:

-Se encuentra pronto a tratarse en la Cámara de Senadores de la Provincia.
-Su nombre es “Proyecto de Ley estableciendo régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la administración pública, municipalidades y a jubilados y pensionados”.
-Su intención es crear un organismo de control sobre retenciones salariales, conformado sólo por la patronal (dependerá de Jefatura de Gabinete), con lo cual, cualquier control válido y necesario desde los trabajadores a través de sus organizaciones sindicales, queda absolutamente descartado.
-Este organismo fijará los requisitos para el ingreso al sistema y tendrá la facultad de sacar del mismo a las entidades que entienda adecuado.
-El porcentaje afectado para la retención a los empleados estatales pasará del 20% al 30%.
-El Proyecto establece en su artículo 6º un solo código de descuento, lo cual inviabiliza el actual desarrollo de las entidades gremiales que, en su accionar normal, tienen muchos más servicios que brindan a sus afiliados.
-No regula adecuadamente las calidades o condiciones de las empresas que serán prestadoras de los servicios y/o proveedoras de bienes y que los trabajadores puedan usar en su beneficio.
-Si bien se estipula el margen de interés que pueda ser percibido, no hay control sobre otras condiciones contractuales (gastos administrativos).
-Se mezcla a los sindicatos (prestadores de servicios sin espíritu de lucro) con empresas destinadas a lucrar con los servicios.
-Obliga al trabajador a desafiliarse a las entidades gremiales, en la medida que sus obligaciones con éstas supere los límites impuestos a las retenciones.

FRENTE GREMIAL DOCENTE BONAERENSE 
AMET – FEB – SADOP – SUTEBA – UDA)


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